domingo, 1 de febrero de 2009

La Ley de Patronato eclesiastico



En noviembre de 1829 decidió Venezuela su separación de la Gran Colombia y, en septiembre de 1830 el Congreso de Valencia dio al país su nueva Constitución como estado soberano, José Antonio Páez fue elegido Presidente de la República Venezolana y comenzó la organización político territorial y dentro del marco jurídico, se asumieron varias leyes de la Gran Colombia, entre ellas la Ley de Patronato Eclesiástico, vigente desde 1824 que regulaba las relaciones de la Iglesia, y de la creación de nuevas parroquias eclesiásticas.

Esa misma Ley, disponía que no podía existir una Parroquia Eclesiástica si no existía una Parroquia Civil, por lo tanto para el año 1830, la Diputación Provincial, hoy Asamblea Legislativa, decretó el 9 de Noviembre de 1844, la creación de la Parroquia Civil de Santa Lucía, y la cual tenía efecto desde el 1 de Enero de 1845.

En el aspecto eclesiástico dependíamos de la Diócesis de Mérida de Maracaibo, el Obispo Monseñor Juan Hilario Bosset de visita unos días en Maracaibo atendió con mucho beneplácito la petición de los vecinos, para pedirle la creación de la Parroquia Eclesiástica. Es así como se inicia el 14 de Julio de 1867 el proceso y diez años más tarde el 20 de marzo de 1877 se erige como parroquia y como primer Párroco el Pbro. Dr. Francisco José Delgado, gran orador y predicador de fama. El 21 de junio de 1936 inicia la labor pastoral Monseñor José Luís Castellano Ortiz, quien a lo largo de 54 años de activa labor ofrendó su vida en beneficio de la parroquia.

Jorge Jiménez

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